¿Aún no conoces la nueva normativa de piscinas de la Comunidad Valenciana?

nueva normativa de piscinas

El día 4 de Julio la Consejería de Sanidad y Salud Pública de la Generalitat Valenciana publicó la entrada en vigor del nuevo Decreto Valenciano 85/2018 de piscinas.

Esta nueva normativa de piscinas regula las condiciones en Alicante, Valencia y Castellón desde el día siguiente a su publicación. De esto modo, queda derogado el Decreto 255/1994, por el que se regulan las normas higiénico sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso colectivo y de los parques acuáticos y el Decreto 97/2000.

¿Qué se pretende con la nueva normativa de piscinas?

El nuevo decreto pretende dejar claro algunos puntos de las anteriores normativas valencianas y nacionales que estaban un poco difusos. También persigue unificar diferentes medidas que venían indicadas en diferentes decretos, regular criterios que exigían los inspectores de Salud Pública según el Programa de Vigilancia Sanitaria de las Piscinas de uso público y Parques Acuáticos de la Comunidad Valenciana.

Por último, se procederá a normalizar y aceptar el uso de nuevas tecnologías de tratamiento de agua o mantenimiento de piscinas que no venían claramente recogidas en anteriores normativas en vigor.

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¿Qué novedades incorpora?

A continuación, te explicamos los aspectos más importantes a tener en cuenta de la nueva normativa de piscinas:

  • Cambios en las frecuencias analíticas de parámetros físico-químicos y micro biológicos que ya venían recogidos en el decreto anterior.
  • Se deberá disponer en las instalaciones de botiquines portátiles
  • La formación para el personal de mantenimiento de piscinas la podrán hacer empresas privadas.
  • En los casos donde haya vasos de hidromasaje, a parte de la formación de piscinas, el personal de mantenimiento deberá tener formación para prevención de Legionella.
  • Los vasos de chapoteo o infantiles serán en todo caso independientes de los de recreo u otros fines, disponiendo cada uno de su propio sistema de filtración y desinfección.
  • Las piscinas cubiertas deberán disponer de higrómetro y termómetro instalados en las inmediaciones del vaso y de forma visible.
  • En los casos que la desinfección sea por electrólisis salina, el contenido de sal en agua no puede superar 6 mg/l.
  • Se deberá hacer calibración periódica de los equipos de dosificación de biocida y control de pH.

En SERVYECO gracias a nuestra larga trayectoria en el sector del agua te ofrecemos un servicio totalmente personalizado y adaptado a tus necesidades, con un gran equipo de profesionales. Además contamos con laboratorio propio acreditado por ENAC y autorizado para el análisis de aguas de piscinas, jacuzzis o spas.

También poseemos servicio de prevención y mantenimiento higiénico sanitario de instalaciones frente a la legionella y realizamos auditorías de piscinas para ver si se adecuan a la normativa vigente.

Como expertos en la gestión integral del agua te asesoramos para que puedas corregir las deficiencias de manera sostenible y adecuada a los requisitos de sanidad ¡No dudes en contactarnos!

 

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Nuestra principal actividad es la gestión integral del agua desde su recepción hasta su posterior uso, vertido y/o reutilización, ofrecemos una gestión integral, comprometiéndonos de una forma responsable con el medioambiente y la salud publica, mejorando la relación coste-beneficio a través de un servicio próximo, flexible y proporcionado por un equipo de expertos especializados en tratamiento de aguas

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